Laurentino Cortizo Presidente de Panamá designando a Juan Miguel Pino Ministro de Seguridad.

IMPORTANTE: Presidente Laurentino Cortizo reajusta su Decreto Ejecutivo No.19 que penaliza a los nacionales cubanos con visa de trásito consultada obligatoria


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El Decreto Ejecutivo No. 19 del 8 de marzo establece que los nacionales cubanos que viajan a través de los aeropuerto internacionales de Panamá quedaban obligados a visas de tránsito consultadas para poder hacerlo. Además establecieron que ese decreto estaría vigente solamente por 3 meses. Vea: Urgente: Gobierno de Panamá establece Visa para nacionales cubanos en tránsito por los aeropuertos de Panamá.

Ahora, el Sr. Presidente acaba de firmar un nuevo Decreto Ejecutivo, el N° 20, donde ratifica el No. 19, pero ve la obligacion de corregir sus Artículos 1 y 2. La razón es evidente, al hacer tal Decreto ejecutivo No. 19, con la desepereración de restringir el movimiento de nacionales cubanos a través de los aeropuerto internacionales de Panamá, cometieron errores. Es sorprendente como continúan improvisando.

Uno de ellos: No tuvieron en cuenta la gran cantidad de nacionales cubanos que viajan por placer, turismo de compra y relaciones familiares. Que solo lo hacen por unos dias o semanas tal vez un par de meses. Y que luego regresan a su patria o país. De la misma manera, muy mal razonado o pensado el Decreto Ejecutivo No.19 pues no toman en cuenta que las tripulaciones debe de ir y venir con demasiadas frecuencias, e incluso en una misma semana.

Sin embargo,en el Artículo 2 no fue suficiente que se decretara originalmente en Decreto Ejecutivo No. 19 tal situación por solo 3 meses, sino que ahora puede ser por «el tiempo que dure esta medida». O sea, el tiempo queda indefinido. Probablemente siempre. O quizás hasta que un nuevo y noble presidente panameño considere que ambos decretos son inecesarios y hasta contraproducentes en temas migratorios y humanos.

En opinión de muchos entendidos en la materia del derecho y leyes migratorias, no se deja de reconocer que cada país es libre de proteger sus fronteras y usar su derecho de admisión como mejor crea conveniente para garantizar la paz y la seguridad nacional del territorio nacional. Pero, igualmente entienden que el Decreto Ejecutivo No.19 también raya en selectividad discriminatoria.

Les adjuntamos el nuevo Decreto Ejecutivo No. 20.

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